CONDICIONES GENERALES DE TRANSPORTE PARA ENVIOS FCL/FCL
(CONTENEDORES COMPLETOS CARGADOS Y PRECINTADOS POR EL EXPORTADOR)
▪ En caso de envíos FCL/FCL cargados y precintados por el exportador, el buen estado del embalaje y la correcta carga en seguridad de la mercancía es responsabilidad del exportador.
▪ Horas libres de demoras a la carga del contenedor: 3 horas.
▪ En referencia al peso bruto declarado de la mercancía, además de las obligaciones relativas a la normativa VGM-SOLAS, recordamos que las aduanas de algunos Países de destino comprueban con frecuencia el peso de la mercancía y del contenedor, pudiendo aplicar sanciones de diferente gravedad, en caso de detectar diferencias sobre el peso bruto declarado, en relación a la cantidad de la diferencia, tanto sea el peso detectado mayor o menor del declarado.
▪ Nuestros envíos son transportes marítimos amparados por la emisión de Bill Of Lading como documento de transporte reglamentados en las convenciones internacionales en tema de responsabilidad y limitaciones.
▪ Nosotros no emitimos un seguro All Risk sobre el valor de la mercancía. En caso de precisar un seguro All Risk tendrá que ser solicitado expresamente por el exportador y la solicitud nos tendrá que ser comunicada expresamente para cada embarque y con antelación a la carga de la mercancía. El coste de un seguro All Risk será siempre calculado e indicado a parte del precio del transporte independientemente del incoterm.
▪ Los transit times anunciados por las navieras son aproximaciones calculadas sobre la media de los viajes anteriores y pueden ser sujetos a cambios y modificaciones.
▪ Las salidas así como las rotaciones anunciadas puedes sufrir modificaciones y/o cancelaciones por parte de la naviera en todo momento.
▪ Para efectuar el despacho de exportación se precisa Autorización de Despacho del exportador hacia el despachante de aduana frente a la autoridad aduanera.
Es obligatorio indicar en factura todos los orígenes de las mercancías, tanto comunitarias como no. Para la eventual emisión de certificados EUR1 o Eur-Med de mercancía con origen preferencial comunitaria, además de declarar el origen en factura se tendrán que cumplimentar las correspondientes Declaraciones de Origen Preferencial y, en el caso del Eur-Med, la Autorización del primer fabricante. La emisión de un certificado Eur1 o Eur-Med se nos tendrá que solicitar expresamente por escrito.
Como para el resto de datos, la responsabilidad de la exactitud de los orígenes declarados recae total y exclusivamente en el exportador emisor de la factura y a la vez firmante de la/las declaraciones de origen.